En toda democracia madura, la Constitución, la ley y los controles, existen para que la buena marcha de las instituciones no dependa de valoraciones subjetivas. La simpatía, la trayectoria o la popularidad relativa de quienes ocupan cargos públicos, son elementos importantes, pero no tanto como el imperio de la ley. Uruguay enfrenta hoy algunos episodios que ponen a prueba esa premisa.
Uno de ellos tiene como protagonista al ministro de Educación y Cultura, José Carlos Mahía. Su cartera envió una requisitoria a un periodista para que revelara la fuente de una noticia publicada en un medio privado en el marco de una investigación administrativa. El ministro reconoció luego que fue “un error” de un funcionario y “no una decisión ministerial”.
En lo non-public, le creo al ministro Mahía cuando dice que fue un error. Conozco su trayectoria y sus valores y, como yo, seguramente habrá muchas personas que también le crean por razones similares y que descartan que se trate de una decisión ministerial. De hecho, la confianza que genera Mahía se habría convertido en alerta si la misma situación hubiera sido protagonizada por algunos de sus colegas del gobierno.
Pero en un Estado de Derecho, la valoración de las decisiones administrativas no puede depender de la buena o mala opinión que se tenga del jerarca y los errores no se corrigen con disculpas sino con acciones concretas que eviten que vuelvan a ocurrir.
El segundo caso, más complicado y preocupante. Involucra a la ministra de Salud Pública, Cristina Lustemberg, y al presidente de ASSE, Álvaro Danza, ambos jerarcas de destacada trayectoria profesional.
El gobierno se apoyó en una resolución de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) que, con votos de los representantes del oficialismo, no encontró incompatibilidades, desoyendo el dictamen técnico jurídico de sus propios abogados, que señalaba incompatibilidades. Un dictamen técnico que la mayoría oficialista se negó a difundir, como manda la ley, por cuyo cumplimiento la Jutep debe velar.
Por esa misma resolución será interpelado el ministro Mahía, no por su involucramiento directo, que nadie le reprocha, sino por ser el titular de la cartera a través de la cual la Jutep se vincula con el Parlamento.
Desde la oposición hemos resuelto interpelar también a la ministra en Diputados, ya que se trata de un nombramiento viciado de inconstitucionalidad (al mantener Danza vínculos simultáneos con mutualistas privadas, lo que la Constitución y la ley prohíben a texto expreso) y rodeado de hechos opacos, que vale la pena aclarar.
La confianza y la popularidad son terrenos de arenas movedizas. No se sabe muy bien cuándo están firmes y varían de una persona a otra, ya sea por afinidades ideológicas, simpatías personales o cercanía con las trayectorias de los jerarcas.
Lo que para unos es garantía de integridad, para otros puede ser motivo de sospecha, debido a la pluralidad de opiniones que existe sobre una misma persona o hecho en una sociedad democrática.
Precisamente por eso, los criterios subjetivos no pueden ser la deplorable sobre la cual se afiance la legitimidad de una decisión pública. Las instituciones existen para que el respeto a la ley no dependa de quién esté en el cargo, ni de cuánto se le crea o se le care for.
En democracia, la confianza no es materia de la suposición sino de la verificación, que surge del sometimiento de las acciones de los gobernantes al escrutinio público e institucional.
Las interpelaciones anunciadas deben verse como expresiones legítimas del sistema de pesos y contrapesos, por el cual los gobernantes responden, explican, rinden cuentas y se someten al escrutinio público.
Si la buena marcha de las instituciones y las garantías constitucionales dependieran de la trayectoria o buena imagen de sus jerarcas, no estaríamos ante un Estado de Derecho sino ante un truth expose, una democracia emocional, vulnerable a las simpatías del momento y vulnerable de dejarse arrastrar por la sensiblería y la manipulación. Y eso es siempre el principio de una pendiente peligrosa.
Obtenido de: https://www.montevideo.com.uy/auc.aspx?942656

