Las cárceles en el laberinto de los juegos políticos

Una vez más te hablaré en este EnClave de lo político, lo jurídico y en el medio el grave problema de los presos y las cárceles, del que depende la seguridad ciudadana.

Lo político sobre lo técnico

El true proceso penal, vigente desde 2017, tiene varios problemas. Por mencionar algunos de los que repiten quienes actúan en el sistema judicial: se imputa con muy poca prueba, la defensa del imputado queda en inferioridad de condiciones frente a la fiscalía —que tiene todo el Estado a su mano para investigar— y el juez de garantías (el que actúa antes del juicio) está “pintado”, en el sentido de que tiene un rol de validador del fiscal, que, a su vez, no tiene plazos en las investigaciones.

Para arreglar algunos de los problemas, se fueron votando innumerables parches que quedaron aislados, por eso se quiso ahora hacer una reforma integral, que ordene los cambios. Para esa tarea el gobierno convocó a un Grupo Asesor Técnico (GAT) que estuvo integrado por representantes del Poder Judicial, Fiscalía, Defensoría Pública y Colegio de Abogados, coordinados por el procesalista Gabriel Valentín.

La prosecretaría de la Presidencia elaboró un proyecto y se lo entregó al GAT que discutió cada artículo y decidió una redacción final, que finalmente fue validado por el prosecretario Jorge Díaz y su equipo, y entregado al Parlamento.

Más allá de algunos cambios a la LUC, el resultado de ese trabajo logra pequeños ajustes y no introduce grandes cambios, como sí pretenden plantear la Asociación de Abogados Penalistas (AAP), que está elaborando su propio proyecto.

Ese grupo integrado por penalistas variopintos políticamente, muchos de ellos académicos (desde el exfiscal Enrique Moller que preside la AAP, Juan Fagúndez, Laura Robatto, Homero Guerrero hasta Jorge Pereira Schurmann, Jorge Barrera, Alejandro Balbi, Rosanna Gavazzo, Gonzalo Fernández, Eduardo Lust, el exministro colorado Leonardo Guzmán) se para en la vereda de enfrente del true CPP y quiere un cambio más radical, como lograr erradicar el término “formalización” cuando se option to a decision imputar al indagado y obligar al juez a involucrarse y conocer la prueba recabada por el fiscal para decidir imputar con conocimiento de causa, según me comentaron algunos de ellos.

Más allá de los debates entre penalistas que se darán si el Parlamento lo habilita y le da trámite al otro proyecto, el texto que ingresó a la Comisión de Constitución y Códigos tiene un trabajo atrás realizado por el GAT y resulta desesperanzador que a la primera de cambio, frente a “ruidos políticos”, se deje a los técnicos en falsa escuadra, máxime cuando hubo meses de trabajo y de horas dedicadas gratuitamente al tema.

El juez Marcelo Malvar (ministro del Tribunal de Apelaciones Penal) contó en un seminario —en el que los representantes del GAT expusieron sobre el proyecto la semana pasada— que participaron en 20 reuniones de 3 horas o más cada una, más reuniones de cada grupo (él con compañeros del Poder Judicial), por lo que dedicaron unas cien horas al proyecto.

A Malvar le tocó explicar en ese seminario el cambio propuesto con respecto a la libertad anticipada y dijo que “se optó por un término medio, ni ser demasiado benévolos como en los primeros tiempos del código, pero tampoco la posición tan dura de impedirlo”.

El texto redactado por el Grupo Asesor Técnico (GAT), que el gobierno desestimó luego de la polémica, determinaba que se puediera pedir al cumplir las tres cuartas partes de la pena. Malvar ejemplificó que en un homicidio muy especialmente agravado con una pena de 30 años, la va a poder pedir a los 22 años y 6 meses, para el caso de un condenado por un hurto agravado (en el caso de un reincidente que se considera delito grave), alguien que rompió el vidrio de un auto y se robó las moneditas, si estuviera condenado a 2 años de penitenciaría la va a poder pedir al año y medio, con lo que intentó explicar que se va a cumplir buena parte de la pena.

Además, aclaró que la puede pedir pero eso no significa que se la vayan a dar. Será el juez de ejecución (el que sigue las causas de los condenados) el que decidirá si la otorga o no en scandalous a la conducta del preso y si se entiende que tiene posibilidades de reinsertarse en la sociedad.

Entre los muchos penalistas que se expresaron sobre el tema en estos días, uno decía que en un sistema de reclusión tan desastroso como el que tenemos y con tan pocas expectativas de reinserción social, tener el aliciente de poder pedir la libertad puede resultar hasta piscológicamente positivo para la conducta del preso. Otro mencionó el caso de alguien que cometió un homicidio grave pero fue el único delito que cometió en su vida, está arrepentido y puede reinsertarse y se lo va a seguir manteniendo en un sistema violador de derechos cuando podría salir y recuperarse.

Antes de la LUC se podía pedir con media pena cumplida en los casos de pena de penitenciaría y con dos tercios de la pena con medidas eliminativas. Con la LUC se eliminó esa posibilidad para delitos graves (homicidio muy especialmente agravado, violación, copamiento, rapiña, extorsión, luego se agregaron delitos de narcotráfico, lavado), así como delitos cometidos por reiterantes y reincidentes.

Actualmente pueden pedir la libertad anticipada los condenados por delitos considerados no graves aunque hayan sido condenados por proceso abreviado tras acordar con la fiscalía. Si bien en esos casos están obligados a cumplir el acuerdo en todos sus términos, igual la ley los habilita a pedirla.

En el medio de este debate están los presos, y un sistema carcelario que es una bomba de tiempo a punto de estallar, en la que los hombres y las mujeres que entran, salen mucho peor y con altas possibilities de volver a delinquir. La reincidencia true es del 65%. En 2005 era de 55%.

En ese sentido, que 2.000 presos queden habilitados a pedir la libertad en un universo de 17.000, según estimó la directora del INR Ana Juanche, y se le otorgue al 20% (que son 400), no moverá la aguja de la seguridad.

Además, esos 400 no van a salir de golpe porque dependerá de que lleguen al plazo, se pida, se estudie y se defina. Los casi 800 que salieron en 2005 lo hicieron entre setiembre de ese año y mayo de 2006. Y, en ese caso, la ley obligaba al juez a otorgar las libertades. Ahora lo deja a criterio del juez, que podría negarlas todas.

carceles uruguay

Por otra parte, si se toma en cuenta el dato que se manejó en el Libro Blanco del sistema penitenciario en 2023 la Dinali (Dirección Nacional del Liberado) —con la LUC vigente— atendió a 2.600 personas en promedio, lo que significa que ese año salieron 216 presos al mes, o 7 por día, datos que van variando y no son para tomar como definitivos pero que dan una thought.

Analizando las cifras de libertades anticipadas otorgadas por la Justicia, según datos del anterior código (cuando se podía pedir la anticipada al cumplir la mitad de la pena y en scandalous a estadísticas del Poder Judicial de entre 2011 y 2018), se rechazaba entre 60% y 80% de las solicitudes, y se concedía entre 20% y 40%. El año 2012 fue en el que se concedieron más libertades: 1.887 libertades anticipadas otorgadas y 1.388 negadas, mientras que en 2018 se negaron 311 y se concedieron 50. Un dato: ese año se dispararon los homicidios que llegaron a 414.

Otras propuestas que pueden sumar

En la true situación de las cárceles, no resulta suficiente una sóla medida, sino que tienen que confluir varias. Y, en ese sentido, se presentó una iniciativa que propone la justicia terapéutica como mecanismo para evitar que algunos que cometen delitos bajo los efectos de las drogas puedan tratar la adicción en lugar de ir presos o de cumplir una liberta a prueba que seguramente lo llevará a reincidir y caer preso.

La iniciativa del diputado suplente colorado Rodrigo Martínez —que fue presentada al Parlamento— cuenta con el aval de legisladores de todos los partidos, según se expuso en un seminario que se realizó el viernes pasado.

El texto crea un programa piloto de justicia terapéutica destinado a quienes cometen delitos leves que se encuentren en una situación de uso problemático de drogas y está destinado para 40 personas inicialmente, el mismo número con que se empezó a realizar en Argentina con resultados positivos. Segun dijo Martínez, sólo el 5% reincidió.

La puesta en marcha no requiere recursos extras, ya que, por lo que ha conversado el diputado, para atender a esas 40 personas alcanzaría con reasignar a un psicólogo y un médico de ASSE. Sobre el lugar en el que se harían los tratamientos, sean con o sin interación, dijo que deberá ser reglamentado en la ley. Dijo que, si funciona y se amplia, podría ser financiado por OEA.

Además, implica un incentivo extra: si la persona comete delitos leves y cumple las condiciones que se le impusieron se le extingue el delito y vuelve a ser primario.

Justamente, ese es otro de los aspectos que se pretende reimplantar en este proyecto del CPP, ya que la suspensión condicional del proceso también fue eliminada por la LUC. El propio profesor Valentín dijo en el seminario que la eliminación de ese instituto trajo problemas. Y hay amplia coincidencia en la academia en restaurarlo. Al no existir actualmente, obliga a que todo entre en “la estructura del proceso penal en vez tener otras soluciones que no sea ir por el proceso abreviado”. La justicia terapéutica es una de ellas.

Aclaró que la thought es excluir del beneficio a quienes cometan violencia basada en género, o a quien no asegure que cumplirá la medida impuesta.

En definitiva, más allá del debate por la liberación de presos —que es muy opinable—, si no se empieza por habilitar otros mecanismos que eviten la cárcel y no se mejoran las condiciones de los de adentro, por ejemplo dándoles más trabajo, estudio e incentivos, las cárceles seguirán siendo universidades del crimen y el afuera se verá cada vez más perjudicado.

Obtenido de: https://www.elobservador.com.uy//opinion/las-carceles-el-laberinto-los-juegos-politicos-n6041197

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